lunes, 14 de enero de 2008

ASPECTOS LEGALES DE LA IDENTIFICACION TRIBUTARIA

El desarrollo de este trabajo esta dirigido a adquirir todos los conocimientos legales, administrativos, procesales, de tiempo, entre otros que atañen o que se refieren a la IDENTIFICACION TRIBUTARIA en nuestro país. Reconocer la importancia que tiene la mencionada identificación para las personas que deben realizarla, los beneficios que se pueden obtener y porque es necesaria esta identificación y hacia quien va dirigida.

Conocer cuales son los requisitos que establece la ley para realizar exitosamente la identificación tributaria, poder identificar los casos en que se estaría violando la ley y cuales podrían ser las consecuencias. En general el objetivo de esta investigación y posterior exposición es el de conocer y divulgar toda la información referente a este tema para estar en concordancia con la ley y además estar actualizados en el tema de los aspectos legales que se refieren a la identificación tributaria en Venezuela.

Es pertinente resaltar que en estos tiempos es de gran importancia el dote de información y actualización en todo lo relacionado con dicho tema ,dado a que vivimos en un entorno donde tenemos y debemos pagar impuestos y retenciones tributarias para el beneficio del país.

IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA

Es un código único, generalmente de carácter alfanumérico, utilizado con el fin de poder identificar inequívocamente a todas personas físicas o jurídicas susceptibles de tributar, asignado a éstas por los Estados, con el que confeccionan el registro o censo de las mismas, para efectos administrativo-tributarios
.
La identificación tributaria así como el uso de identificaciones personales (cedula de identidad), son instrumentos que se emplean con el fin de llevar un control, en este caso un control de todas aquellas personas tanto naturales como jurídicas que son susceptibles a tributar; es decir que están obligadas al pago de un tributo (impuesto).

IMPORTANCIA Y NECESIDAD DE LA IDENTIFICACIÓN TRIBUTARIA

Constituye un instrumento de calidad y habilidad en el control y actualización de los contribuyentes con el fin de mantener identificadas apersonas naturales o jurídicas a efectos tributarios.
La identificación tributaria es un instrumento realmente importante para el control y actualización de los contribuyentes, además de ser fundamental por el hecho de que son esos tributos que pagamos los que han permitido que se pueda mantener un poco más nuestro estado, esto en cuanto al mantenimiento de las áreas de salud, vías de comunicación (carreteras), educación entre otros. Es por medio de la identificación tributaria que la gran mayoría de los individuos estamos comprometidos a pagar determinados impuestos.

REGISTRO UNICO DE INFORMCION FISCAL

Es un registro destinado al control tributario, el cual deben Inscribirse las personas naturales o jurídicas, las comunidades y las entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica, susceptibles en razón de ¡os bienes o actividades, de ser sujetos o responsables del Impuesto sobre la Renta, los agentes de retención del ¡impuesto, y los residentes en el extranjero sin establecimiento permanente o base fija, siempre que la causa del enriquecimiento esté u ocurra en Venezuela.


REGISTRO ÚNICO DE INFORMACIÓN FISCAL (RIF):

Es un registro destinado al control tributario, en el cual deben inscribirse las personas naturales o jurídicas, las comunidades y las entidades o agrupaciones sin personalidad jurídica, susceptibles en razón de los bienes o actividades, de ser sujetos o responsables del Impuesto sobre la Renta, los agentes de retención del impuesto, y los residentes en el extranjero sin establecimiento permanente o base fija, siempre que la causa del enrique-cimiento esté u ocurra en Venezuela.

Igualmente, todas las personas naturales y jurídicas obligadas por las leyes, reglamentos y demás normas a inscribirse en el Registro de Contribuyentes (RIF) de la Administración Tributaria, tales como: Los que opten al beneficio de la exoneración del IVA establecido en el Programa “Venezuela Móvil“ y los que deban inscribirse en el Registro de Información Tributario de Tierras (RITTI).

REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL RIF:

Personas Naturales:

.-Formulario de inscripción emitido por el sistema.

.-Original y copia de la Cédula de Identidad del Solicitante. En caso de ser extranjeros no domiciliados en el país presentar Original y Copia del Pasaporte.
Original y copia del Documento Probatorio del nuevo domicilio fiscal (Recibo o factura de Servicios Básicos, Contrato de Alquiler y/o cualquier otro documento que avale el nuevo domicilio).

Ingrese a la página Web del SENIAT http://www.seniat.gov.ve/Ingrese su usuario y clave .En caso de no poseerlos, ingrese a la opción “Regístrese” y llene los da los solicitados. Es importante señalar que para realizar este registro es indispensable poseer un correo electrónico.

En el Menú Principal de RIF, haga clic en la opción “RIF” y posteriormente seleccione la opción “Actualización”. El sistema desplegará una pantalla en la que le aparecerá el siguiente mensaje de acuerdo al Tipo de Contribuyente.


Firmas Personales:

1. Formulario de inscripción emitido por el sistema.

2. Original y copia de la Cédula de Identidad del Solicitante.

3. Original y copia del Documento Constitutivo debidamente registrado y publicado

Personas Jurídicas:

1. Formulario de inscripción emitido por el sistema.

2. Original y copia del Documento Constitutivo debidamente registrado y publicado (excepto para las sociedades civiles que no requieren

3. Original y copia de la Última Acta de Asamblea.

4. Original y copia del Poder del Representante Legal (sólo cuando su carácter no fuera acreditado en los Estatutos Sociales).

5. Original y copia de la autorización de la SUDEBAN (En los casos de Bancos o Instituciones Financieras).

6. Copia del R.I.F. del representante legal, socios y directivos.

En “Datos Básicos” podrá actualizar los siguientes campos: Nombre o Razón Social, Clase de Empresa y Tipo de Sociedad, y Correo Electrónico. En “Direcciones” podrá actualizar el Domicilio Fiscal, así como Ingresar o Eliminar Establecimiento, Sucursal, etc.
En la opción “Relaciones” podrá actualizar los datos del Representante Legal, así como Ingresar o Eliminar Socios, Directivos.

En la opción “Registro Mercantil” actualice los datos de creación en el Registro o constitución.


REGISTRO DE INFORMACIÓN TRIBUTARIO DE TIERRAS (RITTI):

El RITTI al igual que el RIF es un código que identifica a las personas poseedores de tierras, este es otro instrumento de los que se vale la administración tributaria con el fin de establecer un control.


¿Es obligatorio que todos nos inscribamos en el RITTI?

Si es obligatorio que toda persona que posea tierras rurales se inscriba, es por ello que se deben de dirigir a la División de Recaudación (Unidad de RIF) de la Gerencia Regional de Tributos Internos correspondiente a su domicilio fiscal, a fin de inscribirse en el Registro de Información Tributario de Tierra (RITTI).



REQUISITOS PARA LA INSCRIPCIÓN EN EL RITTI:

1. NIT-J 15, en caso de ser persona natural o jurídica, respectivamente, debidamente llenada.

2. Fotocopia de la Cédula de Identidad.

3. Fotocopia del Registro único de Información Fiscal (RIF).

4. Documento que acredite su condición de poseedor ó propietario de la tierra.


BENEFICIOS DE INSCRIBIRSE EN EL RITTI:

1. Obtención de créditos agrícolas.

2. Posibilidad de adjudicación de tierras.

3. Se puede gozar de beneficios fiscales especiales que puedan establecerse en el ámbito de aplicación de la Ley de Tierras y Desarrollo Agrario.
No se estará obligado el pago de impuesto de tierras cuando se posea menos de 15 hectáreas.

4. Protección de cultura, costumbres, técnicas ancestrales, uso y tradición campesina.


Luego de haber estudiado y profundizado el tema referente a la IDENTIFICACION TRIBUTARIA, hemos establecido claramente su concepto, la cual se refiere a un procedimiento utilizado con el fin de poder identificar inequívocamente a todas las personas físicas o jurídicas susceptibles del pago de tributos, a través de un código único de características alfanuméricas, para efectos administrativos tributarios.

No obstante, este instrumento representa un pilar fundamental para instituciones como el SENIAT y el Estado debido a que es a través de los tributos es que este último puede, en gran medida, cubrir gastos relacionados con áreas vitales como la salud, educación, infraestructura entre otras.

Por otro lado se establecieron los requisitos que se exigen, los cuales a nuestro parecer son suficientemente sencillos y viables. También estudiamos el registro de información de tierras, dado a que muchas personas desconocen el mismo, este es llamado (RITII), profundizamos en la importancia de la creación del mismo y los requisitos para su formación

Concluyendo podemos decir que el registro único de información fiscal y el registro de información de tierras son de gran utilidad tanto para la humanidad, por el gran control alfanumérico que nos permite, y para el país para el cubrimiento de múltiples gastos del mismo.